- 27 febrero, 2019
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Propone Gina Cruz dar más certeza los importadores
Presenta iniciativa de reforma a Ley Aduanera
Redacción
CIUDAD DE MÉXICO.- La senadora por Baja California, Gina Andrea Cruz Blackledge, busca brindar más certeza jurídica ante los importadores ante la sobre regulación del SAT, al hacer más expeditos los trámites respectivos y así, evitar situaciones que afecten a los contribuyentes en el sano desarrollo de sus actividades comerciales.
La legisladora mexicalense subió a tribuna del Senado de la República, para presentar una iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma el Artículo 59 de la Ley Aduanera, en apoyo de los contribuyentes.
Lo anterior como parte de sus compromisos de campaña ante el sector empresarial de Baja California, para disminuir los frenos que impiden el desarrollo económico del Estado.
Comentó que la reforma que propone hará que las actuaciones de las autoridades fiscales, se lleven a cabo de la forma que les resulte menos onerosa en un plazo expedito que posibilite la corrección de su situación, evitando además la suspensión, las cargas administrativas que conlleva la realización del, o los procedimientos de reactivación en el padrón que corresponda, lo cual representa desgaste en tiempo y trámites tanto para los contribuyentes como para las dependencias gubernamentales respectivas.
Mediante una reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de diciembre de 1995, aparece por primera vez la figura del padrón de importadores, en la fracción Cuarta del Artículo 59 de la Ley Aduanera, como una herramienta de protección de la planta productiva nacional, explicó.
Lo anterior permite a la autoridad verificar que los importadores se encuentren cumpliendo y al corriente de sus obligaciones fiscales y al mismo tiempo, combatir directamente las prácticas de subvaluación que dañan a los productos nacionales.
Actualmente, la referida normatividad establece la obligación para quien desee importar mercancías, el estar inscrito en el Padrón de Importadores, y en su caso, el Padrón de Importadores Específicos o Exportadores Sectoriales, que está a cargo del Servicio de Administración Tributaria (SAT), señaló la legisladora bajacaliforniana.
Además, deben cumplir con los siguientes requisitos: estar al corriente del pago de sus obligaciones fiscales; acreditar ante las autoridades aduaneras que se encuentran inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y los demás requisitos que establezcan los reglamentos y el SAT.
El Reglamento de la Ley Aduanera establece en su Artículo 82 como requisitos para inscribirse en el Padrón de Importadores, y el Padrón de Importadores Específicos, no obstante una vez inscritos en este, la autoridad puede suspender al importador al actualizarse cualquiera de las causales que establece el Artículo 84 del citado Reglamento.
“Las reglas de carácter general de comercio exterior para el 2016 emitidas por el SAT, incluye 39 causales adicionales de suspensión, en los citados padrones, con lo que se observa un exceso en la facultad normativa que cuenta la autoridad, respecto de las sanciones establecidas en el Reglamento de la legislación aduanera”.
Gina Cruz observó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado en diversas jurisprudencias, que la sanción tiene efectos perjudiciales en las finanzas de los importadores, en tanto que la medida cautelar afecta directamente en su actividad comercial, pues el estar inscrito en el Padrón de Importadores, es un requisito fundamental para realizar cualquier actividad de importación.