- 27 diciembre, 2021
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Poder Legislativo aprueba Ley del Sistema Estatal de Seguridad Ciudadana de Baja California
-Detallará el establecimiento, operación y la forma en que convergerán las diversas autoridades y sectores ciudadanos.
-Incluirá la implementación de políticas públicas, programas, planes, y estrategias de prevención del delito
Redacción/Columnaocho
En Sesión Extraordinaria virtual de Pleno de la XXIV Legislatura, los diputados locales aprobaron el dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, presidida por el Diputado Juan Manuel Molina García, respecto a la iniciativa de reforma a diversos artículos de la Ley de Seguridad Pública del Estado, Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado y la Ley que crea la Comisión Estatal del Sistema Penitenciario de Baja California, presentada en fecha 09 de diciembre de 2021 por la Gobernadora del Estado, Marina del Pilar Ávila Olmeda, por conducto del Secretario General de Gobierno, Catalino Zavala Márquez.
Dicha iniciativa modifica la denominación de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Baja California, así como el Título Segundo “Centro de Evaluación y Control de Confianza”, del Título Tercero “Instituto Estatal de Investigación y Formación Interdisciplinaria”, del Título Cuarto “Información Estatal sobre Seguridad Pública, del Título Quinto “Centro de Control, Comando, Comunicación y Cómputo del Estado” y sus respectivos capítulos y numerales.
Es importante destacar el cambio de denominación a Ley del Sistema Estatal de Seguridad Ciudadana de Baja California, en razón a que las reformas harán transitar las normas vigentes en materia de seguridad, a una legislación que detallará el establecimiento, operación y la forma en que convergerán las diversas autoridades y sectores ciudadanos, para alcanzar los fines trazados en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
El Sistema Estatal se conformará con las políticas públicas, bases de coordinación, planes, servicios, acciones, tecnología, bases de datos y sistemas de información, así como las actividades de las instituciones públicas y privadas en materia de seguridad, y formará parte del Sistema Nacional. Las propuestas realizadas por el Poder Ejecutivo, están enfocadas no sólo en la seguridad de sus habitantes, sino también en la elaboración e implementación de programas, planes, y estrategias de prevención del delito y de las violencias a las que se encuentra expuesta la población.
En su turno del uso de la voz, la Diputada Michel Sánchez Allende reconoció que “con esta reforma se dio un paso más hacia la igualdad sustantiva de género en el Estado, así como el fortalecimiento del Sistema de Seguridad Pública”. Por su parte la Diputada Alejandrina Corral Quintero, expresó que, “serán respetuosos y responsables con las decisiones que se tomen a favor de los bajacalifornianos, fortaleciendo o creando instituciones que se especialicen en hacer frente al grave problema de la inseguridad”. La Diputada Montserrat Rodríguez Lorenzo, indicó que “la creación de esta secretaría apuesta por la seguridad y la prevención, la ciudadanía demanda paz, seguridad y tranquilidad y todos los servidores públicos debemos decir: por la seguridad sí”.
Por su parte el Diputado Víctor Navarro Gutiérrez, se pronunció a favor de que el Poder Ejecutivo asuma la responsabilidad de tener políticas públicas de prevención para la seguridad, “ya que es también uno de los pilares del desarrollo económico y social”. La Diputada Rosa Margarita García Zamarripa, reconoció que “a seguridad pública es el mayor reclamo de la población, por lo que el Congreso del Estado ha dotado de las herramientas necesarias para que las áreas responsables cumplan con la compleja función de brindar seguridad a los bajacalifornianos”.
La Diputada Daylín García Ruvalcaba, presentó una reserva al dictamen presentado, referente a la redacción de la fracción XII del artículo 15 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Ciudadana de Baja California, precisó que “se puede apreciar que existe una ambigüedad al enunciar al “Consejo” y al “Consejo Estatal”. Sin embargo, el artículo 5 de la Ley que proporciona las definiciones de dicho ordenamiento jurídico no resuelve la ambigüedad, ya que enumera tres consejos: “III. Consejo Estatal”, “IV. Consejo Ciudadano” y “V. Consejo Nacional”, resta identificar a cuál se refiere dicha fracción cuando emplea el término “Consejo”, por lo que se propone que se subsane el Dictamen aclarando que se trata del Consejo Nacional, además del Consejo Estatal, aquel referido en la fracción XII del citado artículo 15.