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Invalida SCJN cobro del DAP para los mexicalenses

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-Este derecho, ya no podrá ser cobrado a los cachanillas

Reporteros/Columnaocho

Derivado de una acción de inconstitucianalidad interpuesta por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó ayer el cobro del Derecho al Alumbrado Público, mejor conocida como el DAP para los ciudadanos de los municipios de Mexicali, Ensenada, Tijuana, Playas de Rosarito y Tecate.

El Pleno de la Corte determinó que el concepto de alumbrado público basado en el consumo de energía invade la competencia exclusiva del Congreso de la Unión.

Este determinación fue determinada ayer por la Corte, y deberá ser acatada por los cinco municipios de Baja California.

 

 

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