• 28 febrero, 2023
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Presenta diputada Rocío Adame reforma para tipificar delito de impartición ilícita de la educación

Presenta diputada Rocío Adame reforma para tipificar delito de impartición ilícita de la educación

En Baja California, hay instituciones particulares que imparten estudios de tipo superior sin contar con el Reconocimiento de Validez Oficial

Redacción/Columnaocho

Mexicali.- Existen en la entidad instituciones particulares que imparten estudios de tipo superior sin contar con el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE), por lo que la diputada Rocío Adame Muñoz presentó, por Oficialía de Partes de esta Soberanía, una iniciativa de reforma por la que se crea el artículo 359 del Código Penal del Estado de Baja California, para tipificar el delito como Impartición Ilícita de la Educación.

La legisladora inicialista indicó, en la exposición de motivos, que la propuesta es con el fin de proteger los intereses públicos, ya que viene a fortalecer el estado de derecho y asegura que las personas no sean estafadas por particulares que operen sin el debido permiso oficial establecido en la ley, mismos ofrecen licenciaturas ejecutivas y carreras Técnico Superior Universitario (TSU).

Actualmente en el Estado, han sido defraudados por lo menos mil estudiantes en lo que va del año 2023, por parte de quienes se dicen llamar centros educativos, que operan y hacen publicidad sin contar con el RVOE.

Si bien la prevalencia de todo tipo de escuelas es evidente, no existen registros para determinar la cantidad exacta, su tipo y modelo, o la población a la que sirven, por lo que muchas operan sin conocimiento de la autoridad competente.

Por lo anterior, la diputada Rocío Adame propone tipificar el delito como Impartición Ilícita de la Educación, que es practicada por los propietarios de instituciones que ofrecen educación sin permiso o reconocimiento oficial de la legitimidad del aprendizaje, así como prever y sancionar si se tuviere intervención cualquier servidor público para tales fines, por lo que se impondrá una sanción de cinco a diez años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

De igual forma, si la referida autorización se encuentra en trámite, esto no será motivo para librarse de la responsabilidad.

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