• 15 febrero, 2023
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Falso que el Senado retrase el llamado “Plan B”: Nancy Sánchez

Falso que el Senado retrase el llamado “Plan B”: Nancy Sánchez

-El proceso en el Senado, ceñido al artículo 72 constitucional.

 

-Modificación al art. 12 de la LGIPE, razón de la controversia.

 

Redacción/Columnaocho

 

Ciudad de México.- Para aclarar las interpretaciones erróneas, y los señalamientos infundados de que la propuesta de reforma electoral, bautizada en los medios como el “Plan B del Ejecutivo, es deliberadamente retrasada en el Senado de la República, la Senadora Nancy Sánchez Arredondo, del grupo parlamentario de Morena, señaló que esta iniciativa de reforma ya fue votada, y en este momento solamente se analiza discutir, en su caso, la propuesta de reforma al artículo 12 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).

Haciendo un recuento cronológico de estos eventos, la Senadora Sánchez Arredondo precisó que:

– El 6 de diciembre de 2022 se aprobó en la Cámara de Diputados una reforma

A la LGIPE y se expidió la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral, remitiéndose al Senado la minuta correspondiente,

– El 14 de diciembre del mismo año, el Senado discutió y aprobó CON MODIFICACIONES dicha minuta, que fue devuelta a la Cámara de Diputados, como establece el art. 72 constitucional.

– La Cámara de Diputados aprobó las modificaciones hechas por el Senado, CON EXCEPCION DE LA RELATIVA AL ART. 12 DE LA LGIPE, elaborando una versión nueva y diferente.

– El artículo 12 de la LGIPE señala que los partidos que participen en coalición en un proceso electoral, no podrán transferir o distribuir votación mediante su convenio de coalición. Los votos de los partidos coaligados se contarán para cada candidato y parta cada parido que los reciban, para los efectos establecidos en la ley.

– Las opciones de la Cámara de Diputados al recibir de regreso su propuesta de ley con modificaciones eran: 1) aprobar las modificaciones propuestas por el Senado; y 2) Insistir en que el texto normativo propuesto originalmente, fuera aprobado por el Senado.

– Esta modificación, de acuerdo con lo establecido en el procedimiento legislativo constitucional, es la causa de que el Senado no esté en condiciones de aprobarla, por lo que la opción actual es que el proyecto aprobado en ambas cámaras se remita al Ejecutivo Federal para su promulgación. Esto es, desechando la reforma al artículo 12 de la LGIPE.

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