• 3 octubre, 2023
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Diego Echevarría propone agravar penas para quienes instalen retenes falsos

Diego Echevarría propone agravar penas para quienes instalen retenes falsos

-Mexicali y el Valle, Tecate y Ensenada donde más se colocan falsos operativos de revisión.

-Presentó Iniciativa de reforma al Código Penal.

Redacción/Columnaocho

Mexicali.- El diputado Diego Echavarría Ibarra presentó una iniciativa de adición al Código Penal del Estado, para que se grave con un tercio adicional de la pena actual, a quien coloque retenes falsos haciéndose pasar por integrante de alguna corporación oficial.

De acuerdo con el Código Penal de Baja California, la usurpación de funciones públicas es castigada con prisión de uno a 6 años y de 100 a 300 días de multa, según prevé el numeral 318 de dicha codificación.

Además, el uso indebido de condecoraciones es sancionada con pena privativa de libertad similar, de uno a 6 años de prisión y de 100 a 300 días de multa, en el artículo 319 de la misma codificación penal estatal.

Durante el último año se han conocido denuncias de retenes falsos o simulados en carreteras y caminos estatales, principalmente en las zonas del Valle de Mexicali, Tecate y Ensenada, en donde supuestos militares, policías estatales o municipales, quienes inclusive portan uniformes, vehículos, insignias o distintivos propios de las corporaciones policiales y demás instituciones de seguridad, aprovechan estos puntos de control simulados para robar, extorsionar, e incluso cometer delitos de orden diverso al patrimonial.

El legislador señaló que la legislación actual sí autoriza y regula la revisión mediante retenes oficiales, pero a la par destaca que son frecuentes los retenes falsos que colocan delincuentes para robar o extorsionar.

Lo que conocemos como retenes, en realidad son “controles preventivos provisionales”, y si bien algunas personas consideran un acto de molestia ilegal el hecho de ser revisados en su vehículo o persona, lo cierto es que la ley faculta a la policía a realizar dichas intervenciones, y norma la forma y los supuestos en que deberán llevarse a cabo, al encontrarse dentro de las funciones de los elementos de los cuerpos de seguridad, conforme al servicio público que desempeñan, explicó el legislador.

Sin embargo, esta función que compete a los miembros de los cuerpos de seguridad como parte de sus actividades de prevención e investigación de los delitos, ha sido usurpada por miembros de la delincuencia.

Ante eso propone agravar hasta en una tercera parte de la sanción que corresponde al delito de usurpación de funciones públicas, al concurrir la circunstancia de ejercer atribuciones propias de los cuerpos de seguridad o policiales sin pertenecer a estos.

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