• 27 diciembre, 2023
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Aplicará CESPM actualización de normativa ambiental para aguas residuales en Mexicali

Aplicará CESPM actualización de normativa ambiental para aguas residuales en Mexicali

-Busca adecuar la emisión de constancias de operación y mantenimiento de sistemas de pretratamiento de aguas residuales de comercios y servicios, así como los permisos de descargas para las industrias.

 

Redacción/Columnaocho

Mexicali.- En un firme compromiso por preservar la calidad de los recursos hídricos en México, la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali (CESPM), a través de su Oficina de Normatividad y Control Ambiental (ONCA), ha anunciado la aplicación de medidas actualizadas conforme a las reformas de los parámetros de la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021. Esta iniciativa refuerza el marco regulatorio con el objetivo de mejorar tanto el servicio como la calidad de las aguas y bienes nacionales.

La normativa, en consonancia con los lineamientos establecidos en la NOM-002-SEMARNAT-1996 y sus correlativos de la NOM-001-SEMARNAT-2021, busca adecuar la emisión de constancias de operación y mantenimiento de sistemas de pretratamiento de aguas residuales de comercios y servicios, así como los permisos de descargas para las industrias.

CESPM, consciente de su rol en la preservación del medio ambiente, refuerza su compromiso con la funcionalidad de la infraestructura hidráulica mediante la observancia de límites máximos permisibles para diversos contaminantes presentes en las descargas de aguas residuales por parte de quienes las generan.

Entre las medidas adoptadas se incluye la acreditación de la correcta disposición final de grasas y aceites de origen vegetal, animal y derivados de hidrocarburos, así como sólidos sedimentables y suspendidos generados por establecimientos comerciales. Estos, que ofrecen servicios de mantenimiento y lavado al autotransporte, deberán respaldar la disposición final en sitios autorizados mediante manifiestos de limpieza a sus equipos de pretratamiento.

Las industrias que generen aguas residuales durante sus procesos productivos deberán acreditar su cumplimiento mediante resultados de análisis emitidos por laboratorios acreditados por la Entidad Mexicana de Acreditamiento (EMA), según la frecuencia requerida en sus descargas.

Estas medidas aseguran una constante vigilancia, evaluación y control del cumplimiento de los límites máximos permitidos.

Dichas acciones, alineadas con la preocupación por la conservación del agua y la protección del medio ambiente, reflejan el compromiso de CESPM con la sostenibilidad ambiental y la preservación de los recursos hídricos, instando a la colaboración y cumplimiento por parte de todos los actores involucrados.

En paralelo, la reciente Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021 refuerza el marco regulatorio con el objetivo de mejorar la calidad de las aguas y bienes nacionales, mientras que la Ley que Reglamenta el Servicio de Agua Potable en el Estado de Baja California establece roles y responsabilidades específicos para la Secretaría para el Manejo, Saneamiento y Protección del Agua, así como para los usuarios no domésticos que efectúan descargas de aguas residuales. Estas normativas y leyes reiteran el compromiso conjunto de CESPM y la comunidad por la sostenibilidad ambiental y la preservación de los recursos hídricos.

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