• 17 mayo, 2022
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Tendrá PAN representación en Comisión de Hacienda

Tendrá PAN representación en Comisión de Hacienda
Redacción/Columnaocho
De acuerdo al Reglamento Interior del Ayuntamiento de Mexicali, Baja California se establece en el capítulo V, el artículo 71 que la integración y funcionamiento de las Comisiones permanentes debe ser integrada por lo menos con un Regidor de cada partido político o coalición, destacó la Regidora panista Edel de la Rosa Anaya.
Mencionó la edil municipal que la modificación de la integración y coordinación de las Comisiones podrá tener lugar en cualquier tiempo por acuerdo del Cabildo por mayoría calificada, y es necesario que los representantes de los ciudadanos o sea los Regidores puedan participar dentro de las Comisiones y sobre todo en una de las más importantes que es la de Hacienda.
Edel de la Rosa agregó al decir que anteriormente se tenía representación, pero se solicitó una nueva petición para integrar a una Regidora del PAN en esta Comisión, la cual fue aprobada por unanimidad en Sesión de Cabildo y será la Regidora Victoria Guerrero Urquídez, ya que quien estaba designado renunció a su partido, y esto se hace con la finalidad de participar, vigilar que los recursos sean bien destinados, ser totalmente transparentes apegándose al Reglamento.
En el artículo 79 que corresponde a la Comisión de Hacienda se tienen las siguientes atribuciones: I.- Dictaminar sobre proyectos de iniciativas de ley de ingresos municipal; II.- Dictaminar sobre proyectos de presupuesto de egresos municipal; III.- Dictaminar sobre proyectos de bandos, reglamentos, iniciativas de leyes y decretos, y disposiciones normativas de observancia general, cuando sean de carácter hacendario, por sí misma o en conjunto con la comisión o las comisiones especializadas en la materia de que se trate.
IV.- Proponer al Cabildo los mecanismos e instrumentos necesarios para eficientar el ingreso municipal, buscando su mejor aplicación en el gasto público; V.- Analizar mensualmente los informes de la Tesorería Municipal respecto del estado de origen y aplicación de recursos; y VI.- Las demás que el Ayuntamiento y este Reglamento le encomienden.

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